
Solicitud de la Comisión Interamericana de Protección Radiológica de los Campos Electromagnéticos al Gobierno Argentino
La Comisión Interamericana de Protección Radiológica de los Campos Electromagnéticos (CIPRACEM), perteneciente a la Federación de Radioprotección de América Latina (FRALC) y miembro de la Asociación Internacional de Protección Radiológica (IRPA) (Organismo creador del ICNIRP), en octubre de 2022 ha enviado una nota a autoridades de distintos organismos nacionales advirtiendo sobre la necesidad de cumplir las “Normas Internacionales” y establecer una “Autoridad de Control”, tal como recomienda la OMS, antes de dar curso a las resoluciones de ENACOM sobre tecnología 5G, para proteger a la población de las Radiaciones Electromagnéticas. Durante este año se ha insistido en esta comunicación, reiterando el pedido y pidiendo respuesta en reiteradas ocasiones.
En esta nota transcribimos el texto de esta presentación que, a su vez, incluye una serie de documentos adjuntos con información de carácter científico.
Jefatura del Gabinete de Ministros de la Nación, Ing. Agustín Oscar Rossi
Ministerio de Salud de Nación, Dra. Carla Vizzotti
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de Nación, Lic. Daniel Filmus
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Lic. Juan Cabandié
Ministerio de Economía, Dr. Sergio Massa
Superintendencia de Riesgos de Trabajo, Dr. Enrique Alberto Cossio
Jefatura de Gabinete de CABA, Sr. Felipe Miguel
Ministerio de Salud de CABA, Dr. Fernán González Bernaldo de Quiroz
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción de CABA, Sr José Luis Giusti
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, Sra. María Migliore
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, Sra. Clara Muzzio
Secretaría de Ambiente, Sr. Eduardo Machiavelli
Dirección General Evaluación Ambiental, Dra. María Lujan Azcurra
Ministerio de Salud Pública de la Provincia de San Luis, Dra. Silvia Sosa Araujo
A los responsables de los Servicios de Radiofísica Sanitaria de todas las Provincias.
A todas las autoridades nacionales y provinciales con responsabilidad en la Protección de la Salud de la población y el Medio ambiente
Con nuestro mayor respeto y consideración:
La Comisión Interamericana de Protección Radiológica de los Campos Electromagnéticos (CIPRACEM), perteneciente a la Federación de Radioprotección de América Latina (FRALC) y miembro de la Asociación Internacional de Protección Radiológica (IRPA) (Organismo creador del ICNIRP), ha enviado una nota informativa el 12/10 y desea Reiterar a las autoridades la necesidad de cumplir las “Normas Internacionales” y establecer una “Autoridad de Control”, tal como recomienda la OMS, antes de dar curso a las resoluciones 2385 y 2386/22 del ENACOM sobre tecnología 5G, para proteger a nuestra población de las Radiaciones Electromagnéticas.
Antecedentes históricos: En los 80se hicieron varios estudios de las radiaciones no ionizantes, en el Instituto INDEBIO, creado por el Biofísico militar Adolfo Portela, incluyendo experiencias con animales de laboratorio, que sentaron las bases científicas para la Normativa Nacional, la Res. del Ministerio de Salud 202/95, que dio lugar luego a Resoluciones de la Sec. de Comunicaciones (530/00) y de la CNC (3690/04). En el 2003 se creó una Comisión “independiente” (CIPERNI) que se reunía en la Defensoría del Pueblo de la CABA y que por gestiones del Dr. Ernesto deTitto, Director Nacional de Determinantes de la Salud, se transforma en el 2009 en una Comisión “intersectorial” (Res. del MinSal Nº 674/09) que preparó documentos técnicos que no llegaron a convertirse en normas o leyes. En el 2008 se realiza una reunión de RNI con expertos locales y el Presidente del ICNIRP, Dr. Paolo Vecchia y en el 2017 se realiza el Taller de RNI en la Defensoría de Pueblo de la CABA al que asisten expertos de universidades y organismos públicos de todo el país, incluyendo el ENACOM, y se emite un “Plan de acción” que se envía a ministerios, secretarías y Comisiones parlamentarias lo que da lugar a Proyectos de Ley de diputados y senadores (Juan Brüge, Gabriela Troiano y Gerardo Montenegro) y varios integrantes del Taller son invitados a reuniones técnicas, pero ningún Proyecto llega a ser tratado. En síntesis, desde 1995 no ha habido cambios en la Normativa Nacional, que se encuentra desactualizada y no se han destinado recursos a la investigación científica ni a los estudios epidemiológicos, por lo que resulta imprescindible utilizar la normativa internacional.
1- La Normativa de “consenso” del ICNIRP: En el año 2020 se reúne la Comisión Internacional de Protección de las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP) con representantes de la Asociación Internacional de Protección Radiológica (IRPA), creadora del ICNIRP, La Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP), La Organización Internacional del Trabajo (OIT), El Comité Científico de Naciones Unidas sobre efectos de las Radiaciones (UNSCEAR) y La Organización Mundial de la Salud (OMS) y se emiten en forma consensuada “Los Principios del ICNIRP-2020” (ver Ref 1) donde se crea un “Marco Único de Radioprotección para todo el Espectro de Radiaciones”, Ionizantes y no ionizantes, y se establece como Documento de Referencia “ el ICRP-103.!
Esta decisión conjunta es significativa pues determina que no debe haber diferencias de criterio en las medidas de control, y se debe usar la misma norma y se deben aplicar los mismos criterios de protección que se aplican a las Radiaciones Ionizantes (Justificación, Optimización y Límites de dosis).
2- La propuesta de la OMS en línea con el ICNIRP-2020 y el ICRP-103: La principal responsable de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el control de los Campos Electromagnéticos, la Dra. Emilie Van Deventer, en un documento emitido el año pasado, junto con representantes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Asociación Internacional de Protección Radiológica (IRPA) y otros expertos, reconoce que “No existe un marco coherente y global para la protección de la salud de la población de las radiaciones no ionizantes” (ver Ref-2) razón por la cual se recomienda a todos los gobiernos establecer Políticas Nacionales con objetivos claros de Salud y Seguridad, a semejanza de las políticas establecidas para la protección de las radiaciones ionizantes. Propone además, este proyecto de la OMS, que se establezca una Comisión Multidisciplinaria que incluya a médicos, biólogos, epidemiólogos, físicos y otros especialistas, para aplicar los 3 Principios de Radioprotección del ICRP. La carencia de un Sistema de Protección para las RNI supone un enorme riesgo para la población y ya fue señalada por el CIPRACEM y la delegación argentina en el Congreso IRPA-15 de Radioprotección celebrado en Seúl, Corea, en el 2021, donde se destacaron las grandes diferencias entre el control de las radiaciones ionizantes y las no ionizantes..!! (ver Ref-3)
3- Principios de la Norma ICRP-103: Los Principios de Radioprotección se aplican a las radiaciones ionizantes desde hace casi 100 años en forma exitosa, habiéndose disminuido las dosis y los riesgos de la población y de los trabajadores de nuestro país en forma continua. El ICRP-103 fue traducido al español por profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) y de la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) (ver Ref 4), y se cuenta con personas de experiencia en su aplicación en la CNEA, la ARN, la NA-SA, la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) en la Sociedad Argentina de Radioprotección (SAR), en la Sociedad Argentina de Física Médica (SAFIM) y en sociedades médicas que trabajan con radiaciones ionizantes como la de Radiología y la de Medicina Nuclear. En síntesis, se puede cumplir con la Normativa Internacional e implementar la propuesta de la OMS y otros organismos internacionales de manera adecuada. Por otra parte el ICRP-103 requiere establecer una “Autoridad Regulatoria” independiente de las empresas comerciales, de la misma forma que ocurre con la ARN para las radiaciones ionizantes y las autoridades competentes deben tomar las medidas necesarias para asegurar su independencia y competencia, siguiendo las recomendaciones de la OMS. En síntesis, establecer un Sistema de Protección de la población para las RNI y cumplir con los Principios del ICNIRP-2020 y el ICRP-103, siguiendo las recomendaciones de la OMS, es un objetivo posible y sustentable.
4- Implementación de un Sistema de Control de la RNI: Como paso previo al establecimiento de una “Autoridad Regulatoria” que sea la base del Sistema de Control de las RNI, y conforme a la propuesta de la OMS, se sugiere convocar una “Comisión Multidisciplinaria” ad honorem, asesora del Ministerio de Salud, integrada por expertos designados, por ejemplo, por el Instituto Nacional del Cáncer, la Academia Nacional de Medicina, la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, la Asociación Médica Argentina, la Autoridad Regulatoria Nuclear, la Comisión Nacional de Energía Atómica, la Sociedad Argentina de Radioprotección, la Sociedad Argentina de Epidemiología, la Sociedad Argentina de Biología, la Sociedad de Medicina del Trabajo de la Provincia de Buenos, la Federación Argentina de Sociedades de ORL, la Sociedad Argentina de Pediatría, la Cátedra de Antenas y Propagación Electromagnética de la Facultad de Ingeniería de la UBA, la Academia Nacional de Ciencias, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial y el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa, entre otras. Esta Comisión asesora podría realizar las tareas preparatorias para establecer un Sistema de Control de las RNI semejante al de las radiaciones ionizantes.
5 – Daños a la salud de la población si no se toman medidas de control: Se informa que la Comisión Internacional de efectos biológicos de los Campos Electromagnéticos (ICBF-EMF), integrada por prestigiosos expertos del IARC y otros especialistas destacados, afirma que los límites de exposición actuales no son válidos y significan un grave riesgo para la salud pública..! (ver Ref 5) Los efectos adversos a la salud incluyen un mayor riesgo de abortos espontáneos en mujeres embarazadas (ver Ref 6) un mayor riesgo de enfermedades y cáncer en la vecindad de las antenas base (ver Ref 7) la inducción de especies reactivas de oxígeno y daño en el ADN (ver Ref 8), efectos neurológicos y enfermedades neurodegenerativas como el Alzheimer (ver Ref 9), daño a nuestro sistema inmunológico, particularmente importante durante la pandemia dado que se ha observado que el número de muertes por Covid en los distritos y estados de USA con 5G fue el doble o el triple de los estados con 3G o 4G (ver Ref-10), un mayor riesgo de tumores cerebrales (ver Ref11/12) y otros daños como pérdida de motilidad en los espermatozoides, tumores de tiroides, colon y recto, diabetes y osteoporosis. La mayoría de estos daños a la salud constituyen “Efectos Determinísticos” que deben ser evitados de acuerdo a las recomendaciones del ICRP-103 y cualquiera de ellos sería causal de clausura de la operación de una Central Nuclear en el caso de ocurrir con sus trabajadores o con la población cercana a la misma. Y esto demuestra la necesidad de establecer un Sistema de Control de las RNI semejante al utilizado para las radiaciones ionizantes, tal como se propone en los Principios del ICNIRP-2020 para evitar diferencias entre los trabajadores y entre la población.
La CIPRACEM recomienda proteger las personas y el medio ambiente mediante la aplicación del ICRP-103 y los Principios del ICNIRP-2020, siguiendo las recomendaciones de la OMS.
Quedan a vuestra disposición los miembros argentinos del CIPRACEM, el Dr. Daniel Orilla (Director Médico del IC-EM -Implantes Cocleares Equipo Multicéntrico), el Ing. Walter Fano (Profesor responsable de Antenas y Propagación Electromagnética de la Facultad de Ingeniería de la UBA), el Dr. Eduardo Legase (Bioquímico, especialista en Radioprotección de poblaciones vulnerables por efectos de las radiaciones no ionizantes), la Dra. Mariana Lofeudo (abogada especialista en salud y ambiente. Docente de grado y posgrado en la Facultad de Derecho de la UBA, a cargo del dictado del tema Contaminación Electromagnética), el Ing. Guillermo Defays (Director del Instituto Profesional de Estudios e Investigación del Sindicato de Profesionales de tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) Master of Sciences en Sistemas de Comunicaciones de la Universidad de Essex, Inglaterra), el Bioing. Mg. Esteban Rossi (Profesor titular, Investigador de la Fac. de Ingeniería de la UNER), el Ing. Abel J. González representante argentino ante el Comité Científico de Naciones Unidas para el Estudio de los Efectos de las Radiaciones Atómicas, miembro de la Academia Nacional de Ciencias y de la Autoridad Regulatoria Nuclear, el Dr. Rodolfo Touzet (asesor de la Comisión Nacional de Energía Atómica, miembro de la Sociedad Argentina de Radioprotección y Presidente del CIPRACEM). También podrán ser consultadas las sociedades médicas de acuerdo al daño a la salud que corresponda, y en aspectos generales la Asociación Médica Argentina, la Academia Nacional de Medicina y el Instituto Nacional del Cáncer.
Muy cordiales saludos y agradeceremos el acuse de recibo y la pronta respuesta a nuestro pedido.
Referencias adjuntas:
1 – ICNIRP Principles 2020 (Health Phys 118 (5):477–482; 2020):
3 – Protection against IR vis-a-vis NIR (IRPA-15) A. González y R. Touzet
4 – ICRP – 103 (traducción al español de la APCNEAN)
5 – International Commission on the Biological Effects of EMF (ICBE-EMF)
6 – Exposición a RNI de Embarazadas (Calif)
7 – Riesgo de las antenas base – Balmori et al
8 – H. Lai RFR-oxidative effect-study abstracts
9 – M. Pall – CEM y Enfermedad de Alzheimer
10 – Magda Havas 5G y Sistema Inmunológico
Efecto en la Hemoglobina de los CEM
11 – Hardell – Bradford Hill Tumores cerebrales
12- C Portier Report (RF exposure) Tumores cerebrales
(Toda otra publicación científica que se requiera está a disposición del organismo que lo solicite)
Comunicados de CIMPRACEM
COMUNICADO 1 CIPRACEM a los médicos (riesgos)
COMUNICADO 2 CIPRACEM a los médicos sobre antenas
COMUNICADO 3 CIPRACEM a los médicos sobre antenas
COMUNICADO 4 CIPRACEM sobre el impacto del 5G
Con copia a Organismos, Federaciones y Sociedades Médicas de todo el país:
Comisiones de Salud de las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación
Superintendencia de riesgos de trabajo (SRT)
Asociación Médica Argentina (AMA)
Academia Nacional de Medicina (ANM)
Instituto Nacional del Cáncer (INC)
Sociedad Argentina de Radioprotección (SAR),
Sociedad Argentina de Pediatría (SAP),
Sociedad Argentina de Radiología (SAR),
Asociación Argentina de Biología y Medicina Nuclear (AAByMN),
Sociedad Argentina de Terapia Radiante Oncológica (SATRO),
Fed. Arg. de Asoc. de Radiología, Diagnóstico Imágenes y Terapia Radiante (FAARDIT),
Sociedad de Medicina del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires (SMTBA)
Federación argentina de sociedades de otorrinolaringología (FASO)
Sociedad Argentina de Física Médica (SAFIM), y otras sociedades y federaciones médicas.
Notas vinculadas
Impacto de las ondas electromagnéticas en la salud. Entrevista a Rodolfo Touzet